El Ministerio de Educación recuerda a las comunidades educativas y en particular a los responsables de los edificios la vigencia de la Resolución N° 6521/13 (MECCyT) que refiere al uso de los establecimientos educativos para la realización de actividades educativas, culturales, deportivas, recreativas y de beneficencia, durante días inhábiles, feriados y recesos escolares o fuera del horario de clases.
La citada normativa determina que los organizadores del evento serán responsables del cuidado de los bienes existentes y de la supervisión de la actividad realizada, haciéndose responsables de los daños ocasionados a personas y en el establecimiento, excepto de aquellos resultantes de caso fortuito o fuerza mayor.
El evento deberá contar con la aprobación previa de la Dirección regional que por jurisdicción corresponda y los organizadores deberán contar con servicio de vigilancia durante todo el evento, debiendo afrontar los costos relativos a impuestos y tasas municipales y todo arancel de pago obligatorio vinculado al evento.
Se prohíbe en el predio del establecimiento escolar el expendio y consumo de bebidas alcohólicas así como también se excluyen del uso los espacios destinados para aulas, áreas de gobierno, biblioteca, aula informática laboratorio, talleres y el mobiliario escolar.
Se podrá acceder al texto completo de la citada resolución, como así también a toda la normativa vigente, ingresando a la página de Dirección de Documentación y Producción de Contenidos del Ministerio de Educación del Chaco.