Se sabe que el Insssep tiene un déficit crónico en su caja jubilatoria por lo que tiene hace años un tope de haber y que también el Chaco como pocas provincias del país cuenta con legislación que establece que el monto jubilatorio será equivalente al 82% móvil de lo que recibía el agente cuando estaba en actividad.
Las cifras no siempre cierran en la ecuación, porque hay casos que una vez pasado a retiro rompen ese umbral y allí aparecen los planteos de inconstitucionalidad y es juicio que habitualmente el Estado pierde.
El tope jubilatorio del Insssep genera de forma frecuente demandas contra el Estado, para lo cual se busca legislar y evitarlas.
Uno de los planteos más conocidos en los últimos meses contra la Provincia es el que encaró el exjuez del Superior Tribunal de Justicia Rolando Toledo con un recurso de amparo que los jueces de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial entendieron que había que dar lugar porque lo que expresó que recibía Toledo era contrario a lo que estaba en la Carta Magna.
La actualidad es que hoy el Insssep enfrenta al menos 50 demandas en el mismo sentido, que son más si se cuentan los caso que ya perdió.
La respuesta de ello es un proyecto de ley presentado por legisladores del oficialismo por el cual pretenden que se eliminen tanto el techo que se fija para los aportes previsionales como el que establece el haber. Entienden que esto terminará con los crónicos juicios contra el Estado con el resultado puesto que casi siempre es en contra.
El proyecto que se tratará hoy en la Comisión Legislación del Trabajo, Previsión y Seguridad Social establece eliminar el último párrafo del artículo 35 de la Ley 800 H que versa sobre la base imponible que se toma para el cálculo del haber como también el primer párrafo del artículo 136, que fija el techo que tendrá lo que reciban los agentes una vez pasado a retiro. En el oficialismo hay expectativas que si logra emitir el despacho, puede incluirse en la reunión de Labor Parlamentaria y se vote esta semana.
TECHO Y ANTECEDENTES
El máximo que se establece son el equivalente a quince salarios de la categoría más baja del escalafón general de la administración central sumando tres conceptos del salario: el básico y los suplementos complementario al básico y remunerativo.
En abril, ese monto ascendía a un 1.800.000 pesos y naturalmente se actualiza cuando se dan incrementos a activos.
Cuando Toledo promovió la demanda, su haber alcanzaba los 619.000 pesos y como juez de la Corte destinaba a su jubilación el 14% de su ingreso.
Las demandas no son nuevas como tampoco las modificaciones a la ley. En 2016, se había fijado como umbral el equivalente a doce salarios de la categoría uno del escalafón general. En 2020 se llevó ese piso a quince haberes pero las demandas continuaron.
“El actor es un adulto mayor, dados los requerimientos propios de la edad y el encarecimiento de la forma de vida derivados de la situación económica de público conocimiento, motivos que sostienen con suficiencia la procedencia de esta vía”, sostiene un párrafo del recurso de amparo que se dio lugar.
Para lo que viene seguramente el Superior Tribunal de Justicia que deba definir ante la apelación de la Fiscalía de Estado esté compuesto por otros integrantes porque los actuales Emilia Valle, Víctor Del Río y María Grillo compartieron la Corte con Toledo y se verá si actúa Néstor Varela, que entró justamente cuando se jubiló el exministro durante el gobierno de Ángel Rozas. En el amparo y siempre aplicando lo que son los preceptos constitucionales, el 82% del haber de Toledo si hubiese estado en actividad llegaba en septiembre del año pasado a $ 1,3 millones de pesos sin embargo por el tope cobró unos 300.000 pesos menos.
DiarioNORTE