Este instrumento legislativo determina que en virtud de esta circunstancia se establece que durante dicho periodo; se suspenden los plazos y términos administrativos, en el ámbito del Poder Legislativo.
La resolución establece además, que a los efectos de evitar la paralización de las áreas indispensables para el normal funcionamiento del Poder, éstas deberán instrumentar la cobertura con el personal mínimo indispensable abocado a tal fin en los horarios de 08 a 12 hs., quienes deberá usufructuar dicha licencia dentro del término que no exceda el 4 de septiembre de 2023, como último plazo de otorgamiento.