Respecto de los hechos, se precisó que tuvieron lugar en los años 2014 y 2019 y en el primero, el informe del Poder Judicial detalla que el letrado “utilizó un testimonio de contenido, sellos y firmas falsas y en el segundo, cobró la cuota de un supuesto acuerdo judicial a una de sus víctimas”.
Los jueces Juan Manuel Muschietti, en su carácter de presidente, Jorge Troncoso y Ramón Ríos lo encontraron responsable del delito de Estafa y consideraron que correspondía la imposición de una pena de prisión de tres años de ejecución condicional. Además, agregaron imposición de reglas de conducta como “abstenerse de cometer nuevo delito, fijar domicilio del cual no podrá variar sin previa autorización del Tribunal, abstenerse del consumo de estupefacientes y del consumo excesivo de bebidas alcohólicas”.
La sentencia dispone, además, que el abogado “deberá evitar todo tipo de contacto físico y/o virtual a través de redes sociales, teléfono, con las víctimas e Inscribirse en un curso académico para profesionales sobre la temática ‘ética profesional’ y acreditar su asistencia”. En tanto, sobre los hechos, la publicación del Poder Judicial señala sobre el primero de ellos que refiere a la solicitud de una clienta, para que inicie los trámites de juicio para prescripción adquisitiva de una propiedad. “Le entregó un testimonio totalmente falso que supuestamente acreditaba la titularidad de la mujer sobre el inmueble”, pegó “el proceso judicial de prescripción adquisitiva nunca existió, lo que causó a la damnificada un perjuicio patrimonial”.
En tanto, el segundo de los casos, el abogado condenado, representó a una mujer en un litigio laboral por una indemnización que le reclamaban y le cobró la primera cuota “del engañoso acuerdo judicial inexistente, lo que le ocasionó un detrimento económico a su patrimonio”, detalla el informe oficial. “No resiste más análisis para tener por fehacientemente demostrada su reprochable conducta totalmente disvaliosa, que demuestran sus maniobra, su ardid, su engaño hacia sus clientes que confiaron en su gestión”, sostuvo el Tribunal.
Finalmente, en el fallo del Tribunal de Juicio, se resaltó que “el accionar del condenado no fue nada profesional ya que obtuvo ilegalmente las sumas de dinero que le abonaron sus clientes”. La sentencia Nº 29/23, fue dictada por el Tribunal de Juicio de Mercedes, ciudad distante a 250 kilómetros al sur de la Capital provincial y condenó a un abogado a tres años de prisión en suspenso y le impuso reglas de conducta, a cumplimentarse en el mismo período.
Fuente: Télam