En ese sentido, peticionó que, a la mayor brevedad posible, se autorice en los Centros de Vacunación habilitados que el personal del Poder Judicial concurra con recibo de sueldo y Documento Nacional de Identidad para ser inoculado con la primera dosis de cualquiera de las vacunas que se encuentren disponibles en la Provincia.
Asimismo, se disponga la inoculación con segundas dosis de la vacuna Sputnik V a aquellos Magistrados y Funcionarios que han recibido únicamente la primera dosis a principios de marzo de 2021.
FUNDAMENTOS
En primer lugar, se recordó que se ha solicitado en reiteradas oportunidades al Ministerio de Salud de la Provincia del Chaco la vacunación de la totalidad del personal del Poder Judicial.
En segundo lugar, se destacó que el Poder Judicial de la Provincia del Chaco, como Poder del Estado, ha prestado funciones ininterrumpidamente desde el comienzo de la pandemia.
En este orden, se señaló que el Poder Judicial ha dado respuesta, conforme su rol institucional y constitucional, a los reclamos de agente, profesionales, justiciables y ciudadanía; manteniéndose en funciones y presente para la sociedad y los demás poderes constituidos del Estado, de forma virtual o presencial, abriendo canales de diálogo y comunicación y garantizando la forma republicana de gobierno.
Finalmente, se expuso que, en un Estado de Derecho, no resulta necesario fundamentar la relevancia del Poder Judicial ni su carácter estratégico, como Poder del Estado, pero la esencialidad del rol de la justicia fue reconocida por el Poder Ejecutivo de la Nación ya en el Decreto N° 297/2020 -artículo 6, inciso 3- de fecha 19 de marzo de 2020.
Desde otra perspectiva, se indicó que, para llevar a cabo sus funciones inherentes, principalmente, los Magistrados y Funcionarios han sido convocados al trabajo presencial desde el inicio de la pandemia, incorporándose, luego, los Empleados, encontrándose todos ellos especialmente expuestos al virus, en razón de la atención al público, audiencias, debates, juicios por jurados, actividades éstas que se han mantenido durante, prácticamente, toda la pandemia.
Asimismo, se destacó que el Superior Tribunal de Justicia en conjunto con el Ministerio de Salud de la Provincia del Chaco, a partir del 8 de marzo, había comenzado un plan de vacunación, el cual incluyó: en una primera etapa, Magistrados letrados de todas las instancias comprendidos dentro del grupo de riesgo (edad o comorbilidad) y personal del Instituto Médico Forense; y, luego, los demás magistrados letrados de todas las instancias. En una segunda etapa, se vacunaron Funcionarios y Jefes de Despacho de todas las instancias comprendidos dentro del grupo de riesgo (edad o comorbilidad), Jueces de Paz y Faltas no letrados y personal del Centro de Tratamiento de Residuos Especiales. Algunos de dichos grupos, han completado el esquema de inoculación previsto para cada tipo vacuna, según disponibilidad de dosis. Añadiendo que, desde el 15 de marzo de 2021 y a pesar de las diversas y constantes gestiones que se han llevado a cabo, no ha recibido nuevas primeras dosis ni para Empleados comprendidos dentro del grupo de riesgo (edad o comorbilidad), ni para el resto de los agentes del Poder Judicial -Funcionarios y Empleados- que aún se encuentran a la espera de su inoculación.
En concreto, se manifestó que la escasez relativa de vacunas es una situación atendible y considerada, pero lo cierto es que, en el plan de vacunación del Poder Ejecutivo de la Provincia del Chaco, se han concluido con otros grupos estratégicos y se han iniciado inoculaciones en nuevos grupos y el plan de vacunación del Poder Judicial aún no se ha concluido.
Por otra parte, se puso de relieve que tanto la Asociación de Magistrados y Funcionarios Judiciales de la Provincia del Chaco como el Sindicato de Empleados Judiciales del Chaco, la Unión de Trabajadores del Chaco, la Asociación Judicial del Chaco y el Sindicato de Empleados Jerárquicos y Jerarquizados del Poder Judicial del Chaco han realizado diversas presentaciones ante este Superior Tribunal de Justicia y ante el Poder Ejecutivo y Ministerio de Salud de la Provincia del Chaco, a los mismos fines.
En conclusión, este Superior Tribunal de Justicia pondera y agradece las gestiones que ha realizado el Ministerio de Salud de la Provincia del Chaco para el comienzo del plan de vacunación del Poder Judicial. Sin embargo, entiende prudente y adecuado, como máxima autoridad de uno de los tres Poderes del Estado, solicitar al Poder Ejecutivo y al Ministerio de Salud de la Provincia del Chaco la finalización del plan de vacunación del personal del Poder Judicial de la Provincia del Chaco.