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CHACO: El Ejecutivo Elevará Un Proyecto De Ley Para Que Personal Policial Pueda Asociarse En Defensa De Sus Derechos

El mandatario aseguró que con esto se valida el artículo 16 de la Convención Americana de Derechos Humanos y una serie de antecedentes desde el punto de vista internacional. Además destacó que el proyecto se enmarca dentro de las políticas públicas del Estado provincial y forma parte de la construcción de un modelo de Seguridad Ciudadana, que comenzó con la sanción de la Ley 2011-J de Seguridad Pública.

Capitanich sostuvo que el objetivo de dicho proyecto de ley es construir un modelo de representación de los intereses profesionales de los trabajadores y las trabajadoras de las Fuerzas de Seguridad, garantizando la representatividad de todos y todas sus miembros, y la esencialidad del servicio que prestan.

El gobernador explicó que más allá de esto, los miembros de las fuerzas de seguridad son trabajadores de la provincia y también funcionarios públicos que desarrollan un servicio esencial para el funcionamiento de la seguridad democrática. Ante esta situación aseguró que esto no se encuadra en lo que establece la Ley 23.154 por las características particulares de la representación por tratarse de una fuerza de seguridad y un servicio esencial “de manera que nadie, que efectivamente porte armas, puede utilizar las mismas en virtud de reivindicación de sus propios intereses porque eso incluiría claramente en delitos de sedición”.

El gobernador sostuvo que este proyecto “es una innovación por parte de la provincia respecto a los mecanismos de representación a los efectos de garantizar el pleno y efectivo ejercicio de los derechos”.

“Con este proyecto de ley construirá un modelo sui generis de representación de los intereses profesionales de los trabajadores y las trabajadoras de las Fuerzas de Seguridad, que garantiza la representatividad de todos sus miembros con las particularidades determinadas por la esencialidad del servicio que prestan, derechos reconocidos en la Constitución Nacional y Provincia”, mencionó.

Junto al gobernador estuvieron la vicegobernadora, Analía Rach Quiroga; la ministra de Seguridad y Justicia, Gloría Zalazar; el presidente de la Cámara de Diputados, Hugo Sager; el jefe de la Policía del Chaco, Ariel Acuña, el director del Servicio Penitenciario, Juan Pedroza y subsecretarios.

Puntos sobresalientes del proyecto

 Los trabajadores y trabajadoras podrán realizar reclamos en forma activa en periodos o intervalos de tiempo que no exceden el término de quince (15) minutos por día, con un intervalo de tiempo máximo de cuarenta y cinco (45) minutos en la semana, debiendo ser programados a fin de no afectar la esencialidad del servicio.

Se crea la Comisión de Política Salarial y Condiciones de Trabajo como único ámbito de discusión de los intereses profesionales del personal policial y penitenciario ante el Poder Ejecutivo Provincial. La misma sesionará en reunión plenaria dos veces al año, y el Ministerio de Seguridad y Justicia deberá informar y notificar las fechas de sesión.

Dicha Comisión estará conformado por el Ministerio de Seguridad y Justicia, el cual ejercerá la presidencia, la Defensoría del Policía, representantes del personal policial y penitenciario, electos por voto secreto, libre y obligatorio, quienes durarán un año en sus funciones y no podrán ser reelectos y los Directores de Administración de la Policía del Chaco y del Servicio Penitenciario y de Readaptación Social.

A los efectos de la representación ante la Comisión de Política Salarial y Condiciones de Trabajo se autorizará la creación de:

• Una asociación civil representante del personal de la Policía de la Provincia del que revistan categoría de activos

• Una asociación civil representante del Servicio Penitenciario y de Readaptación Social de la Provincia del Chaco que revistan categoría de activos.

Estas asociaciones deberán contar con personería jurídica y elegirán representantes por voto secreto, libre y obligatorio, durarán un año en sus funciones y no podrán ser reelectos.

Los representantes deberán:

a) Estar asociados según su actividad

b) Tener al menos cinco años de antigüedad en su institución

c) No estar encuadrados bajo las fuerzas de seguridad

d) No contar con antecedentes disciplinarios en el transcurso de su carrera

e) No hallarse imputado y/o condenado en causa penal

f) Ser electos por la asociación correspondiente

Función:

a) Tienen la obligación de participar en todas las sesiones

b) Podrán expresarse con total franqueza intelectual, teniendo en cuenta siempre su condición de policía o penitenciario y el necesario respeto

c) Deberán guardar con confidencialidad, respecto de la información a la que accedan en el ejercicio de sus funciones.

d) No podrán manifestarse públicamente con armas y uniformes, ni obstaculizar el normal desarrollo de las actividades

La organización jerárquica y vertical de las fuerzas de seguridad no debe inhibir ni contradecir la deliberación democrática y participativa que debe preceder a las decisiones y guiar la acción de las asociaciones profesionales.