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BARRANQUERAS: La Ciudad Ingresa A La Fase 3 Del “Plan Desescalada”

En el marco de la Pandemia por Covid – 19, la Municipalidad de Barranqueras conducida por la intendente Magda Ayala resuelve, a través de la resolución 1352/ 20 “ESTABLECER la puesta en funcionamiento de la Fase tres (3) del “Plan Desescalada”, cuya vigencia será desde el 22 de agosto y hasta el 4 de septiembre.

Asimismo, se DETERMINA la continuidad de las actividades permitidas, horarios, reglamentaciones y protocolos dispuestos por resolución 1214 y su anexo I “Actividades de paseo recreativos” y anexo II “Actividades física y deportivo”, anexo III “Iglesias – Cultos – Salones de Ejercicio Espiritual”, a excepción de las que fueron modificada mediante el presente instrumento legal.

Además, en su artículo 5°, la resolución 1352/ 20 DETERMINA la reanudación de los plazos y términos administrativos en la administración municipal a partir del 10/08/20.

REUNIONES, EVENTOS SOCIALES, CELEBRACIONES PÚBLICAS Y/ O PRIVADAS INCLUYENDO LAS DE CARACTER FAMILIAR

NO se permiten en espacio cerrados ni en domicilios de las personas cualquiera sea el número de asistente, salvo grupo convivientes, solo se permiten en horarios diurnos, hasta las 20 horas, la cantidad de personas dependerá de la superficie del lugar en que se desarrollará la actividad. No podrá ser superior al 50%, solo estará permitido al aire libre, utilizándose la plataforma de permisos de circulación. En todos los casos se deberá cumplimentar al máximo con la responsabilidad social e individual de los concurrentes, respetándose las medidas de bioseguridad e higiene personal, a partir del 22 de agosto del 2020.

ACTIVIDADES TURISTICAS:

Se habilitan de la siguiente manera:

_ Apertura de las agencias de turismo para venta y reserva en los horarios de 8 a 20.

_ Apertura de los establecimientos rurales o de turismo rural y actividades de turismo en general, se permiten con asignación de turnos, sin restricción de días y horarios.

_ Se permiten actividades turísticas en grupos limitados conforme a la cantidad de asientos en el transporte a utilizar, con sistema de turnos.

PESCA DEPORTIVA DE COSTA Y EMBARCACIÓN

Se AUTORIZA los días jueves, sábado y domingo de 7 a 20, siendo la cantidad máxima de tres personas autorizadas para la citada actividad por embarcación. Incluidos los guías de pesca.

CAMINATA PARA ADULTOS MAYORES

Se habilita los días lunes, miércoles y viernes en el horario de 8 a 18 horas, en los espacios de esta ciudad que se detallan a continuación:

_ Plazoleta Gral. Belgrano (ubicado en calles Alice Lesaige y Leandro N. Alem)

_ Plazoleta Espacio Recreativo (calles Yatay y Timbó)

_ Plaza Sarmiento

_ Plaza Arturo Illia.

GIMNASIOS

Podrán realizar su actividad comercial en el horario de 8 a 21, con plataforma de turnos y solo para el desarrollo de actividades física individual, con capacidad limitada de ocupación de los espacios físicos con un máximo no mayor a 12 personas incluidos instructor o profesional destinados a tal fin, con intervalo después de cada actividad para la desinfección de equipos, maquinarias, elementos utilizados en cada actividad y ambiente, de acuerdo al protocolo de bioseguridad e higiene, será obligatorio el uso de barbijo en la movilidad y circulación interna del establecimiento (no así cuando se realiza la actividad física).

LOCALES Y ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES

Se habilitan cumpliéndose en el desarrollo de sus actividades con las medidas generales de higiene y distanciamiento, reducción de superficie, horarios de atención prioritarios, diferenciado y especial para la atención de adultos mayores de 60 años y grupos de riesgo; este grupo (de riesgo) será atendido en el horario de 8 a 9 y para los demás será en el horario de 9 a 20 y con asignación de turnos.

LOCALES DE INDUMENTARIA

Se permite la prueba de la misma. La totalidad de los probadores podrán ser utilizados de manera simultánea con la debida sanitización permanente y constante. Asimismo, las prendas probadas que no fueran adquiridas deberán ser separadas y sanitizadas por el término de 24 horas. Así también las bolsas y envoltorios de las prendas comercializadas deberán sanitizarse previo a su entrega.

GALERÍAS COMERCIALES

Conforme a las medidas generales de higiene, distanciamiento, superficie reducidas y horarios diferenciados supra citados, se habilita el funcionamiento de lunes a sábado de 8 a 20 admitiéndose la modalidad de venta en locales y a su vez a través de plataformas virtuales o digitales.  Asimismo el funcionamiento de los sectores destinados a gastronomía dentro de tales lugares, galerías o centro se permitirá para consumo en grupos reducidos con distanciamiento social, limitación de capacidad y solo uso de espacios libres. Se aclara que queda prohibido la apertura, explotación funcionamiento y permanencia en espacios destinados a salas de cines, salones de eventos, peloteros infantiles y/ o salones de juegos.

HOTELES, MOTELES, ALOJAMIENTOS Y RESIDENCIALES

Se podrá alojar a cualquier requirente o huésped con habilitación de su capacidad hasta un máximo del 50% de la superficie y capacidad total del alojamiento. No se permitirá el uso de espacios comunes.

GASTRONOMÍA, BARES Y RESTAURANTES

Se permitirá en el horario de 06.00 a 01.00 la permanencia de personas en grupos reducidos de hasta diez integrantes de convivientes en los salones, con distanciamiento social, como así también el uso de espacios al aire libre con utilización del sistema de turnos a los fines de garantizar las medidas de bioseguridad se deberá:

_ Colocar en el ingreso del local fácilmente visible, la información sobre las medidas de distanciamiento social, la adecuada higiene de manos, las apropiadas de higiene respiratoria (el uso de barbijo obligatorio para ingresar al local) y las recomendaciones ante la presencia de síntomas sospechosos de Covid – 19.

_ La disposición de las mesas debe ser de tal forma que las distancias entre el respaldo de silla a silla de una mesa a la otra sea igual o superior a 2 metros. En caso de ser menor deberá colocar entre ellas barreras físicas de plástico, vidrio o acrílico. Cada local o establecimiento habilitado deberá contar con lugares para realizar un adecuado y frecuente lavado de manos con agua y jabón (dispensador de jabón líquido/ espuma, toallas descartables o secadores de manos y además deberán ponerse a disposición soluciones a base de alcohol al 70%.

_ Dada la mayor persistencia del virus sobre el látex o nitrilo, no se recomienda el uso de guantes salvo para las tareas específicas (limpieza, contacto directo con secreciones).

_ Informar el flujo de circulación dentro del local (cintas en piso). Señalizar cantidad máxima de personas por área de servicio y controlar que no se supere la misma cumpliendo pautas de distanciamiento.

KIOSKO Y DRUGSTORE

La actividad comercial de los “Kiosko 24 horas” y “Drugstore 24 horas” podrán funcionar hasta las 01.00 am.

OBRA PÚBLICA Y PRIVADA

Los oficios y actividades complementarias a la Obra Pública y Privada que sea especialmente habilitada tales como corralones, ladrillería, albañilería, pinturería, plomería, electricidad, herramienta y equipamiento, ferretería y afines vinculados a la venta y/ o expendio de materiales e insumos destinado a la construcción en sus diferentes rubros como así también, transporte de materiales de construcción, podrán funcionar de 8 a 20 horas cumpliendo las medidas y protocolos de Bioseguridad e Higiene.

CELEBRACIONES RELIGIOSAS

Se desarrollarán los días sábado y domingo de 8 a 20, las que no podrán extenderse más de 2 hora, cuya ocupación no podrá superar el 50% de la superficie destinada a tal fin, respetando el distanciamiento de 2 metros entre personas, con intervalo para llevar a cabo el procedimiento de sanitización de los espacios físico de acuerdo al protocolo de bioseguridad e higiene.

_ Las puertas de los Templos deberán permanecer abiertas para permitir la ventilación del mismo durante las horas de funcionamiento de acuerdo al protocolo de bioseguridad e higiene.

_ Reuniones de Oración y Consejería se deberá realizar en los días lunes, miércoles y viernes de 8 a 17, con asignación de turnos, manteniendo la capacidad limitada de ocupación de los espacios físicos con un máximo no mayor a 20 personas destinados a tal fin, con intervalo para llevar a cabo el procedimiento de sanitización de los espacios físico de acuerdo al protocolo de bioseguridad e higiene.

TAXIS Y REMISES

Deben circular únicamente con servicio de puerta a puerta de 05.00 a 00. 00, debiendo los mismos contar con permiso de circulación, con no más de 2 pasajeros a bordo. Los pasajeros también deberán contar con permiso de circulación y turno correspondiente.

SERVICIOS FÚNEBRES

Se permiten por un periodo máximo de 4 horas, solo permitiéndose el acompañamiento de familiares directos, con capacidad de ocupación reducida al 50 % de los espacios y bajo las normas y protocolos de Bioseguridad e Higiene y distanciamiento social; permitiéndose asimismo visitas a los familiares difuntos que se encuentran sepultados en el Cementerio Local de Barranqueras, con no más de dos (2) personas por sepultura, los días sábados y domingos, de 8 a 17 horas, y con asignación de turnos