La Secretaría de Desarrollo Territorial y Ambiente confirma que por Resolución 809/2020 queda habilitada la pesca deportiva con devolución de embarcación y costa, respetando lo determinado en el Decreto provincial 843, referente al protocolo COVID-19.
A partir del 1 de agosto se otorgarán los permisos y se podrá practicar durante los sábados y domingos de 7 a 20. La cantidad máxima autorizada por embarcación será de 2 personas, incluidos los guías de pesca.
.
Se habilita en forma parcial en los ríos Paraná y Paraguay y sus afluentes, con obligatoriedad de devolución de las especies dorado (Salminus brasiliensis), surubí pintado (Pseutoplatystoma corruscans), surubí atigrado (Pseutoplatystoma reticulatum), pacú (Piaractus mesopotamicus), manguruyú amarillo (Zungaro jahu), manguruyú aba (Pseudopimelodus mangurus); y la pesca variada y extractiva de las demás especies con un cupo de hasta cinco ejemplares por pescador y hasta diez por vehículo terrestre o embarcación.
Tal como fue acordado en la mesa de monitoreo de pesca del Chaco, la circulación se realizará a nivel local y departamental y bajo protocolo y control municipal. Los pescadores deberán contar con el permiso de circulación y de pesca obtenidos desde la plataforma Tu Gobierno Digital, donde existen pestañas específicas de pesca.
Desde la secretaría se apela a la responsabilidad de los pescadores, recordando que deberán utilizar los elementos de bioseguridad necesarios y obligatorios (alcohol y tapabocas) y mantener la distancia mínima de dos metros. Además aclaran que está prohibido acampar.
La Resolución también establece que se prorroga la validez de las licencias de pesca deportiva para las dos modalidades, así como para los guías, hasta el 31 de agosto inclusive.
Por último deja claro que quienes incumplan lo establecido serán sancionados con multas e inhabilitaciones previstas en las leyes vigentes, agravadas por la situación ambiental de bajante extraordinaria de los ríos.
Circulación por Departamentos
En esta primera fase de desescalada, junto a los intendentes se decidió que la circulación de los pescadores será departamental. Por esta razón, en el departamento Bermejo, sólo se permitirá la circulación interna; en la Isla del Cerrito solo podrán pescar quienes vivan en el lugar; y en Puerto Antequeras, Barranqueras y Puerto Vilelas, las guarderías emitirán turnos.
Altura de los ríos
Estas medidas de flexibilización serán revisadas después de siete días a partir de su implementación para analizar las siguientes etapas. Esto responde a que, entre otros factores, se debe considerar la situación hidrométrica de los ríos Paraná y Paraguay y demás informes ambientales para garantizar la preservación del recurso ictícola y el cuidado ambiental de los ríos.
Respecto a esto, Soneira explicó que diariamente, en conjunto con los demás organismos responsables y miembros de la mesa de pesca -la Administración Provincial del Agua (APA), el Instituto de Ictiología del Nordeste, la Prefectura Naval Argentina, delegación Barranqueras; las cuatro asociaciones de pescadores comerciales; las dos asociaciones de pescadores deportivos de la provincia y las intendencias ribereñas- se monitorea la altura de los ríos y en este sentido reconoció estar “en alerta” por las fluctuaciones constantes detectadas.