En la las mismas se prorroga los plazos de Regularización de Deudas Fiscales no Prescriptas; en tanto que la otra normativa prorroga los vencimientos establecidos en la Ordenanza Municipal 5.813, aprobada el pasado 14 de abril del 2020.
Al respecto, la resolución 840/ 20, en su artículo 1º, prorroga, hasta el 31 de octubre del 2020, el plazo para acogerse al Régimen Extraordinario de Regularización de Deudas Fiscales no Prescriptas, vencidas al 31 de diciembre del 2019, y cuotas del ejercicio vigente con vencimiento hasta el 30 de septiembre de los tributos municipales, sus accesorios y planes anteriores caducos.
Por otra parte, la resolución 841/ 20 prorroga los vencimientos establecidos en la Ordenanza del Concejo Municipal 5813, hasta el 31 de agosto del 2020.
Asimismo, se exceptúa del pago del tributo del 3 y 4 bimestre Tasa por Registro, Contralor, Inspección, Seguridad e Higiene a los rubros contemplados en el Decreto Nacional 297/ 20 en su artículo 6, únicamente con alcance a aquellos comerciantes no contemplados y que realmente no haya realizado su actividad comercial.
Además, se exceptúa del pago de multa por falta de presentación de Declaración Jurada correspondiente al cuarto bimestre.
“Seguimos acompañando al vecino en este momento de crisis y pandemia. Quiero agradecer el acompañamiento de todos y todas. Hagamos un esfuerzo más, cuidémonos entre todos”, finalizó la intendente Magda Ayala