Por esta misma ley, se establece que el Instituto de Cultura del Chaco, deberá proteger a la actividad teatral, propiciando la participación y el compromiso de la comunidad.
Es por ello que un grupo de legisladores integrantes de la Comisión de Educación, Cultura y Biblioteca Legislativa hemos presentado una iniciativa de ley con el Nº 878/20, que lleva la firma de Juan Carlos Ayala, Tere Cubells, Carina Batalla, Juan Jose Bergia y Gladis Cristaldo. La iniciativa propicia declarar en estado de emergencia en todo el territorio provincial a la actividad que realizan las salas de teatro y los centros culturales de gestión privada o autogestionadas, por el plazo de 120 días contados a partir de la implementación del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio declarado como consecuencia de la Pandemia de Covid-19.
Quedan comprendidos en los beneficios establecidos en la presente ley los espacios cuya capacidad máxima no supere a las 300 personas y en los que habitualmente se lleven a cabo actividades de carácter educativo y/o formativo relacionadas con cualquier disciplina artística. También espacios donde se produzcan presentaciones de espectáculos en vivo de artes performáticas (música, actuación, danza, circo), y exposiciones o exhibiciones de artes visuales, diseño y audiovisuales. De esta manera, quedarían incluidos los siguientes centros culturales y salas de teatro:
La Sala de Teatro “LA USINA, ESPACIO”, de Presidencia Roque Sáenz peña;
El Espacio Cultural Conexiones para la creación, de Resistencia;
El Teatro “Sala Azul”, de Las Breñas;
La Cooperativa Limitada de Provisión de Servicios Artísticos, Culturales y Educativos “Sala 88”, de Resistencia;
El Centro de Cultura Popular (CE.CU.PO.), de Resistencia;
La Fábrica Cultural, de Puerto Tirol;
Cooperativa de Provisión de Servicios Artísticos, Culturales y Educativos “Grupo Teatral Siglo XXI” de Charata Limitada (Es.Cu.Cha);
La Fundación Cultural Galatea, de Resistencia;
La Máscara Teatro, de Resistencia;
El Centro Cultural “Sala Septiembre”, de Presidencia Roque Sáenz Peña;
La Sala de Teatro “La Estigia”, de San Bernardo; y
El Centro Cultural “10 de Noviembre”, de La Tigra.
Estos espacios están al borde del cierre definitivo, con la Pandemia fueron los primeros en cerrar sus puertas, obligándolos a suspender el inicio de la temporada teatral y el ciclo lectivo y dejándolos en la encrucijada si podrán abrir nuevamente en el 2020, y serán los últimos en abrir.
Ya el 2019 fue una año sumamente duro para estos espacios, donde la caída del consumo se reflejó en el retroceso de la presencia del público en las Salas y de la imposibilidad de trasladar la galopante inflación al precio de las entradas, mientras que servicios e impuestos subían paulatinamente mes a mes.
Cada una de estas sala o centro cultural tiene como gastos fijos, permanentes y mensuales, en promedio de $ 25.600, destinado a atender gastos de alquiler, impuestos, tasas y servicios, teléfono e internet, seguros de vida y emergencia médica, seguridad, limpieza, provisión de agua, entre los más importantes.
En total suman, aproximadamente 88, las y los trabajadores que tienen como único ingreso el que es generado a través de la actividad artística que desarrollan, viven exclusivamente de ella, y es con ella que deben cubrir las necesidades básicas de subsistencia del grupo familiar que integran.
Las medidas que se proponen para este grupo de trabajadores son las del otorgamiento es un subsidio mensual de $5.000, por el tiempo de la emergencia y la inclusión en el beneficio de la tarjeta alimentaria.
Para las salas y espacios culturales una bonificación de hasta el cincuenta por ciento (50%) del total de las facturas de agua y luz emitidas y a emitirse durante el plazo de la emergencia y la suspensión del corte del suministro de stos servicios. También prevé que el Instituto de Cultura del Chaco realice la compra y el pago anticipado de funciones a realizar por parte de las salas y centros culturales, hasta en un 30% de la capacidad de público habilitado por cada uno de estos; y otorgue prioridad de las obras culturales o proyectos de producción artísticas que formulen, para el financiamiento de estos a través del Fondo Provincial Solidario para el Fomento de la Cultura, creado por el artículo 17 de la Ley 1353-E (Antes Ley 5459) de FOMENTO DE LA ACTIVIDAD PRIVADA EN ACTIVIDADES CULTURALES DE LA ACTIVIDAD PROMOCIONAL (Mecenazgo).
Si bien el gobierno nacional respondió rápidamente con el Plan Podesta, esta es una herramienta que por sus montos no deja de ser un paño frío ante tanta fiebre y no permite solventar los cuantiosos gastos que afrontan regularmente. Varios programas tanto nacionales como provinciales generan acciones de apoyo a esas instituciones, pero en la mayoría de los casos existen impedimentos propios de la cuarentena y la imposibilidad de gestionar (Por ej.: certificados de vigencia y de domicilio, etc.), sumado a que la resolución de dichas convocatorias lleva como mínimo entre 30 y 45 días para su aceptación efectiva y en la mayoría de los casos involucra a las salas pero no a sus trabajadores.
La iniciativa tiene el propósito de acompañar y contribuir a paliar el impacto económico que enfrentan “los espacios multifuncionales abiertos a la comunidad, en los que actores y colectivos culturales desarrollan como actividad principal la producción, formación, investigación y promoción del arte y la cultura, en cualquiera de sus manifestaciones.