El diputado Nicolas Slimel, autor de la iniciativa argumentó que “Esta propuesta legislativa, se la dicta atendiendo principalmente la situación de Pandemia, que motivara la declaración de Emergencia Sanitaria a nivel Nacional y Provincial, mediante el dictado de los respectivos instrumentos que así la declaran.
Asimismo, la modificación del Código Tributario Provincial Ley 83-F, responde además de la situación coyuntural descripta, a otra que también tiene vinculación con la situación de aislamiento social preventivo y obligatorio que trasvasamos por estos días: el mayor uso y adquisición de bienes y servicios a través de medios digitales.
Con el objeto de conjugar ambas contingencias, esta propuesta pretende adecuar el texto normativo, en lo que respecta al cobro del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los Servicios Digitales Prestados por Sujetos Domiciliados en el Exterior, a fin de lograr una rápida implementación del mecanismo de percepción del tributo por dichas operaciones”.
Al respecto comparó: “El reclamo de las Provincias por el cobro a los servicios digitales prestados desde el exterior, es una cuestión ya de larga data, y teniendo en cuenta el contexto cambiante y los distintos impedimentos que fueron apareciendo en otras Provincias al querer implementar un mecanismo similar, resulta necesario la modificación al régimen ya incorporado a nuestra Legislación Provincial, pero sin aplicación efectiva al día de hoy”.
“Esto ha motivado –continuo- que desde esta bancada se presentara el Proy. Resol. Nº 646/2020, mediante el cual se requería a la Administración Tributaria Provincial (ATP), que arbitre mediante las disposiciones administrativas pertinentes la creación de un régimen especial para implementar la retención y/o percepción del impuesto sobre los ingresos brutos sobre operaciones comerciales de cualquier naturaleza que se realicen mediante la implementación de plataformas digitales a través de internet o cualquier otro medio tecnológico que en el futuro se implemente”.
El legislador remarcó que “resulta imperioso por cuestiones de equidad y protección al comercio y servicios locales, el cobro del tributo a estas actividades, incluso con una alícuota mayor a la general, teniendo en cuenta que las tecnologías han avanzado en el mundo, pisoteando a las frágiles economías locales. Ejemplos de estos casos encontramos en Uber, al desembarcar en cada nuevo país, y AirBnB con sus efectos en el mercado hotelero; la agonía que sufren los medios de comunicación tradicionales tras la irrupción de las redes sociales, junto con la publicidad segmentada y dirigida a través de las redes sociales y los motores de búsqueda; el cierre de locales de alquiler de películas en manos de Netflix, HBO GO, por nombrar algunas entre tantas” ejemplificó.
En esa línea aclaró que “si bien el contexto económico actual golpea a todas las clases sociales, en general dichos servicios son usados en mayor medida por la población de ingresos medios y altos. No obstante, se pretende a través de lo recaudado, conformar un fondo para atender a las medidas sanitarias implementadas y a implementarse en el marco de la Pandemia generada por la enfermedad COVID-19”.
Agregó además que “existe una mayor cantidad de operaciones realizadas mediante medios digitales, desde que se implementó el aislamiento social, preventivo y obligatorio; ampliándose el quantum de actividades que se encontraban gravadas pero sobre las cuales no operaba ningún tipo de retención y/o percepción en relación a los ingresos brutos, afectándose como se dijo, a las actividades locales que presten servicios similares, provocándose un desequilibrio en el mercado”.
Slimel sostuvo que “por esas razones, es que la creación del fondo específico para atender obligaciones devengadas con motivo de la situación de pandemia COVID-19, debería tener un plazo original de aplicación para destino de lo recaudado, limitándolo en principio al año 2020, pudiendo prorrogarse dicho plazo por el Poder Ejecutivo en caso de ser necesario y debidamente fundamentado en la situación de emergencia sanitaria”.
También precisó que “la modificación de la Ley 83-F, es indispensable la adecuación del texto normativo, en lo que respecta a la alícuota a aplicar para el cobro del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los Servicios Digitales Prestados por Sujetos Domiciliados en el Exterior, a fin de lograr la implementación del mecanismo de percepción del tributo por dichas operaciones, que se establecen en el texto del Proyecto de reforma mencionado”.
Para concluir aclaró que “por ello es que también se promueve la modificación de la Ley 299-F, incorporándose al art. 12º el inc. f), con el objeto de establecer la alícuota pertinente. El porcentaje de la alícuota se ajusta a la media dispuesta por otras provincias en relación al mismo impuesto; y se avizora como ajustada a los parámetros tributarios; y necesaria a fin de conformar el fondo específico COVID-19 que se proyecta crear a través del proyecto de ley ya referido. Además el fondo específico de mención es temporal y hasta tanto dure la situación de emergencia sanitaria, por lo tanto su posterior modificación no resultaría un obstáculo y encontraría sustento en la regularización de la recaudación general”.
Finalmente explicó que esta norma “viene a enmendar una ley que se transformó en inaplicable”, lo segundo, “a dotar de recursos al Poder Ejecutivo para trabajar el esquema de pandemia que nos afecta como provincia”, y lo tercero “viene a dar un marco de igualdad con los prestadores locales y extranjeros” puntualizó.
“Esto me parece que hay que traerlo a contexto con la coparticipación que ha bajado” amplió, además de la caída de la Administración Tributaria Provincial (ATP), “en casi un 30 % en termino reales, muy excesivo y dañino en términos reales”. Por ultimo explicó que en cuanto a lo referente a juegos de azar “elevamos la alícuota del 5% al 12%”.
Desde la oposición, el diputado radical Leandro Zdero planteó el pase a comisión del proyecto, y en el mismo sentido se expresó el diputado del Pro Chaco El Halli Obeid Luis Alberto.
Por su parte el diputado Aurelio Díaz partido del Obrero, adelantó su postura de no acompañar la propuesta y solicitó su pase a comisión. Argumentó: “no entender bien qué impuestos se va a cobrar a las empresas, de mayor o menor, por lo tanto, desde nuestro bloque planteamos también el pase a comisión” aseveró, y añadió “el Ejecutivo necesita mucho dinero, pero no nos corran con esto porque esto lo va a terminar pagando el pueblo, las empresas lo van a recargar a los usuarios” indicó.
En tanto, el diputado Juan José Bergia, del bloque Nuevo Espacio de Participación, adelantó su acompañamiento a la iniciativa, no obstante, pidió “una mirada distinta a esas grandes corporaciones”, y marcó “ojala que se entienda que es para girar estos fondos a salud pero se podría analizar que haya un control para darle más transparencia, ojala que se entienda cuando se trate un proyecto de mi autoría de cobrarle a los bancos extranjeros que van llevando a otros lugares las utilidades y no al pueblo” argumentó.
Desde el bloque Frente Integrador, la diputada Clara Pérez Otazú, mocionó el pase a comisión del proyecto.
Desde el bloque radical, la diputada Carmen Delgado, sostuvo que “tiene que ver con una cuestión constitucional, con la regla del domicilio constituido”, por lo que propuso “que vuelva a comisión para trabajar los artículos que no choquen con otra ley.
Por su parte el titular del bloque Justicialista Juan Manuel Pedrini, explicó que “este impuesto es en el ámbito tributario, lo que recibió muchos comentarios, varias provincias, Buenos Aires iba a comenzar el mes pasado pero se prorrogó su no modificación, esto es una inequidad, no tenemos ´uber´ pero si no tendríamos esta situación de desigualdad”, indicó el legislador no sin antes detallar las asimetrías que se producen en materia tributaria con las grandes plataformas multinacionales para luego afirmar “necesitamos de este impuesto para que nuestros emprendedores locales estén en un pie de igualdad con estas plataformas multinacionales”.
Finalmente la votación arrojó en general la aprobación del proyecto, con modificaciones del texto original.