Asimismo, la iniciativa resalta que lo dispuesto garantiza que las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (A.R.T.) brinden cobertura ante un eventual contagio de quienes desarrollen actividades declaradas esenciales en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio ordenado por el Decreto N° 297/2020.
“Desde nuestro bloque saludamos la decisión del Poder Ejecutivo Nacional que por Decreto N° 367/2020 ha declarado al COVID-19 como una enfermedad de carácter profesional, ya que es una herramienta legal que permite la presunción de una enfermedad profesional, es decir que los y las trabajadores sean cubiertos inmediatamente por las ART. En ese marco el personal de salud no tendrá que demostrar nada, en cambio con el resto de los trabajadores serán las ART quienes deberán fundamentar su rechazo. Esto es un avance, pues se invirtió la carga de la prueba. Este decreto es un avance en el marco de la pandemia para los/las trabajadores/as” fundamentó Cubells.
Y explicó que la disposición adoptada por Nación “sigue el lineamiento planteado por la Organización Internacional del Trabajo (O.I.T.) en cuanto a que las patologías contraídas por exposición en el trabajo al COVID-19 podrían considerarse como enfermedades profesionales. Al tomar la determinación de efectuar esta declaración, el Estado Nacional garantiza protección a los trabajadores y las trabajadoras que se exponen a este virus mortal durante la realización de sus tareas laborales”.