Se trata de una acción de amparo y una medida cautelar impulsada por Federación Médica y Asociación de Clínicas y Sanatorios, con el patrocinio letrado del abogado José Sánchez, por el que se ordenó a la Provincia de Corrientes permitir a unos treinta profesionales de la salud seguir brindando atención a pacientes internados en Chaco.
En un análisis sobre “federalismo en tiempos de pandemia y una habilitación de feria en pos del mismo”, Stepanenko y Karschenboim rescataron un concepto del ministro de la Corte Horacio Rosatti sobre el funcionamiento de la Justicia si se pone en juego el llamado “derecho de crisis” (“estado de excepción”, “estado de sitio”, “estado de alama”, “toque de queda”, según el país): el federalismo de concertación.
Para Rosatti, “el federalismo de concertación requiere la participación previa en la toma de decisiones de todos los sujetos federales y un principio de buena fe federal que, supone, que después todos van a acatar lo que se diga, siempre que se haya participado previamente en la decisión”. El mejor ejemplo para los especialistas fue el fallo de Niremperger, que valora a la Nación “en su totalidad” y más allá del derecho individual frente a un enemigo invisible y común a todos.
“Palabras del Derecho”, por su parte, considera a la cautelar a la que la jueza de Resistencia hizo lugar como uno de los “diez fallos destacados con relación al aislamiento social, preventivo y obligatorio” y “una de las decisiones más importantes dictadas en el marco de la pandemia”, con la feria judicial extraordinaria dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación como telón de fondo.
En el apartado “Dos provincias enfrentadas por la prestación de salud y la cuarentena obligatoria”, la publicación asegura que se trata de uno de los temas “que suscitó muchas controversias en los medios y en la población” y hace un repaso de la respuesta de la Justicia Federal correntina.