El Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología del Chaco emitió este lunes la Resolución Nº 508/20, haciéndose eco de la norma que determinó la cartera educativa nacional, a cargo de Nicolás Trotta, mediante la Resolución 2020-82-APN-ME. Ante el registro de los primeros casos en Argentina, ambas recomiendan la adopción de medidas preventivas en los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades, ya sea de gestión estatal o privada.
En esta Resolución la ministra Torrente resuelve, en el artículo 1º, “recomendar la adopción de las siguientes medidas preventivas en los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades de la Provincia”. Además como medidas preventivas sugiere: “desarrollar las actividades escolares y académicas según los calendarios establecidos; reforzar las recomendaciones de prevención de infecciones respiratorias: lavado de manos frecuente con agua y jabón; cubrirse la nariz y la boca con el pliegue-codo o usar un pañuelo descartable al toser o estornudar; usar el cesto de basura más cercano para desechar los pañuelos utilizados; ventilar los ambientes; y limpiar frecuentemente las superficies y los objetos que se usan permanentemente.
También establece que ante la presencia de fiebre y síntomas respiratorios como tos, dolor de garganta o dificultad para respirar, no deben asistir al establecimiento educativo.
El inciso “d”, destaca que En caso de estudiantes o personal de los establecimientos que regresen de viaje desde áreas con circulación y transmisión de coronavirus (China, Corea del Sur, Japón, Irán, Italia, España, Francia y Alemania), aunque no presenten síntomas, se sugiere que permanezcan en el domicilio sin concurrencia y evitar el contacto social por 14 días.
MODIFICATORIA
Cabe señalar que el 2º artículo de la mencionada norma, fue modificado por medio de la Resolución N° 526/20, y determina: “Justificar las inasistencias de estudiantes y otorgar permiso especial y extraordinario al personal de los establecimientos educativos, sin importar la situación de revista, cuando incurran en la causal prevista en el inciso “d” de la Resolución N° 508/20.