La ordenanza, que estará en vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, responde a las solicitudes de los contribuyentes que desean abonar los tributos atrasados y permitiendo la eximición del pago de recargos e intereses que establece la ordenanza.
La ordenanza, que estará en vigencia hasta el 31 de diciembre de 2019, responde a las solicitudes de los contribuyentes que desean abonar los tributos atrasados y permitiendo la eximición del pago de recargos e intereses que establece la ordenanza.