El presidente del Instituto Provincial para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (IPRODICH) José Lorenzo invita a las y los chaqueños a celebrar las Fiestas de Navidad y Año Nuevo con “Más luces y menos ruidos”. “Llamamos a evitar el uso de fuegos artificiales para salvaguardar el bienestar físico y mental de personas con discapacidad, personas de la tercera edad y animales”, explicó Lorenzo.
El titular de la cartera de discapacidad remarcó que cuando se habla de pirotecnia siempre se hace referencia al sufrimiento de los animales, pero poco sobre el de las personas con discapacidad. En ese sentido, llamó a la comunidad “a tener conciencia de los problemas que causan estos artefactos que pueden exaltar y asustar con la sensibilidad auditiva que tienen las personas autistas o aumento de la plasticidad en personas con discapacidad motriz.
“Es importante pensar siempre en el otro para respetar derechos y pasar así una fiestas en paz”, sugirió y envió un afectuoso y extensivo saludo a toda la sociedad chaqueña para que celebre con amor y alegría junto a cada ser querido.
Resistencia es un ejemplo a seguir
El Concejo Municipal de Resistencia aprobó modificaciones en el anexo I de la ordenanza 7453, que regula los requisitos y condiciones en habilitaciones comerciales en lo que respecta al almacenamiento, depósito y venta de objeto de pirotecnia. De esta manera se incluye la prohibición de la venta, utilización, tenencia y/o fabricación de los tipos de artificios pirotécnicos denominados: morteros con bombas, bombas de estruendo o de iguales características.
El objetivo es mejorar la convivencia en la ciudad, ya que el impacto sonoro de este tipo de artificios pirotécnicos provoca inconvenientes a personas con autismo, a quienes padecen enfermedades, a los recién nacidos y a las mascotas. Como asimismo erradicar una forma de recreación riesgosa para la integridad física y psicológica.
Las sanciones establecidas para quienes infrinjan la normativa corresponden a una multa de entre 50 y 250 litros de nafta común. En tanto para quien reincidiere por primera vez será de 250 a 500 litros de nafta común y como accesoria, si correspondiere, clausura por tiempo indeterminado o retiro temporaria de la autorización. Quien incurriere en segunda reincidencia será sancionado con multa de 500 a 750 de litros de nafta común y de corresponder, clausura definitiva o revocación del permiso de venta.