La disposición en cuestión había sido impulsada por la Secretaría de Gobierno de Salud del Ministerio de Salud y Desarrollo Social la Nación y publicada en el Boletín Oficial el pasado 20 de noviembre del corriente año.
En el segundo punto de la iniciativa legislativa de Sánchez se resalta el hecho de que “el nuevo protocolo se sustentaba en que en nuestro país el aborto no es considerado delito cuando se solicite la práctica médica para evitar un peligro para la vida o la salud de la persona embarazada, o cuando el embarazo sea producto de una violación; derecho consagrado en el artículo 86° del Código Penal y ratificado por el fallo “F., A. L. s/ medida autosatisfactiva”, Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN).
De contar con el respaldo por parte de los diputados provinciales, el Parlamento podría sancionar la Resolución en la sesión del próximo miércoles.
FUNDAMENTOS
Siguiendo los lineamientos de la derogada resolución nacional, Sánchez destaca que la actualización del Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo estaba “diseñada en base a la comprensión fundamental de que todo el personal del efector de salud (incluyendo el administrativo y de seguridad) es responsable de garantizar y no obstruir el derecho a interrumpir un embarazo cuando éste ponga en riesgo la vida o la salud de la persona embarazada o cuando sea producto de una violación”.
Además añade que, que el derecho de acceso a la salud era abordado por el Protocolo actualizado para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo “sin incurrir en discriminación alguna” e incluía “en su línea de atención a todas las personas con posibilidad de gestar un embarazo, sin ninguna distinción relativa a su identidad de género ni a las prácticas sexuales que pudiera llevar a cabo”.
Asimismo, plantea que “la actualización del Protocolo para la Atención Integral de las Personas con Derecho a la Interrupción Legal del Embarazo respondió también a la necesidad de actualizar las recomendaciones internacionales acerca de los procedimientos para la interrupción legal del embarazo (dosis de medicamentos y AMEU) y reforzar la importancia del acceso rápido a la atención integral y a la práctica, haciendo hincapié en la atención en el primer nivel y los tratamientos con medicamentos”.
El legislador sáenzpeñense toma finalmente los conceptos del ex ministro de Salud de la Nación, Ginés González García, quien sostuvo que el nuevo protocolo “lo que intentaba hacer es actualizar en un marco de esta resolución todo lo que ya está puesto en el Código Civil y el Penal”.