Chaco

CHACO: Juicio Por Jurados: Desde El Colegio De Abogados Celebran La Implementación De La Ley

Desde la institución que preside Amilcar Aguirre requieren que también se implemente el procedimiento de flagrancia penal.

Sobre el tema Aguirre enfatizó que “se trata de una ley que aprobada hace bastante tiempo, donde ha costado la implementación de un sistema que tiene sus defensores y detractores, pero que respeta una manda constitucional.” citó el letrado.

Aguirre también recordó que “en ese sentido nosotros entendemos que la aplicación de las leyes vigentes es un imperativo, tanto es así que a instancias del Colegio de abogados en la última reforma procesal se sancionó el procedimiento de flagrancia, y que todavía hace más de 6 años no se ha implementado” enfatizó.

Cabe recordar que la Constitución Argentina establece – desde 1853- el Juicio por Jurados como forma de juzgar los delitos criminales, en sus Arts. 24, 75 inc. 12, y 118. Pese a esto, el país, tardo más de 160 años en cumplir con la manda constitucional y en establecer una regulación normativa. Chaco fue una de las primeras provincias en hacerlo en 2015, a través de su Ley N° 7661, actual Ley N ° 2364-B.

En el marco de lo que fue un acontecimiento histórico para el Chaco, el pasado mes de Agosto se realizó el primer sorteo de ciudadanos para integrar la lista anual de jurados que participarán del sistema de juicio por jurados en la provincia.

La Ley chaqueña es una de las más completas. Prevé que el jurado este integrado por doce ciudadanos mayores de edad de entre 25 y 65 años, y dos suplentes, de los cuales la mitad serán hombres y la otra mitad mujeres, garantizando de ésta manera la paridad de género. Además prevé en su artículo 4° la integración del jurado con pueblos indígenas, cuando se juzgue un hecho donde el acusado y la víctima pertenezcan a la misma etnia.