La trabajadora sexual denunció a un “cliente” a quien lo conoce hace tres años aproximadamente por prestarse sus servicios sexuales, según describe la mujer , el hombre de 60 años se obsesionó con ella asechándola, a tal punto de golpearla en varias oportunidades, tanto a ella como ocasionales clientes.
Ante esta situación la dra, Sandra Saidman del Juzgado de Faltas con asiento en la ciudad de Barranqueras dictó una medida de protección fundada en normas de jerarquía superior al Código de Faltas del Chaco -Ley 850-J-. Aplicación de la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, Convención sobre la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (C.E.D.A.W.), Convención para prevenir, sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belém Do Pará); art. 75 inc. 22 de la Constitución Nacional y Ley 26.485.
Causa caratulada:”P., A. C. C/ R., E. S/ DENUNCIA”, Expte.Nº 832/19.