La iniciativa Nº 520/2022 define al mecenazgo ambiental a la financiación con aportes dinerarios que realizan personas físicas o jurídicas para la realización de todo tipo de proyecto ambiental, a cambio de potenciar su imagen pública o un beneficio fiscal, bajo la modalidad de una donación o un proyecto de patrocinio. En tanto, dichos proyectos para poder ser efectivizados deberán ser aprobados por la autoridad de aplicación de la ley.
Asimismo pretende que los proyectos ambientales que sean atendidos por el régimen, en caso de sancionarse la ley, sean sin fines de lucro y estén relacionados con el estudio, capacitación, difusión, creación y producción en las diferentes áreas ambientales, como también de toda actividad que promueva, proteja o impulse el Patrimonio Histórico Ambiental de la Humanidad, tanto de los bienes inmuebles como de los naturales o inmateriales.
En los fundamentos, el diputado consideró que “una ley de estas características significa un avance enorme para llegar a un pacto social, en donde el capital privado se involucre en la concreción de proyectos ambientales, que supone un pacto de grandeza y un trabajo en conjunto con el Estado, donde provee las herramientas y mecanismos para que el patrocinador que confía, asiste y solventa su compromiso con el cambio climático, enmarcándose en la agenda Provincial 2030 de Objetivos de Desarrollo Sostenibles”.