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PUERTO VILELAS: Reunión Informativa Sobre La Ordenanza Que Regula La Actividad De Kioscos 24 Horas.

La mañana de este martes en la Casa de la Historia y la Cultura del Bicentenario de Puerto Vilelas, el presidente del concejo Guillermo Soria, junto a los concejales Miguel Ángel Sengher y Miguel Angel Ramirez encabezaron una charla informativa junto al personal de la Guardia Urbana, Tránsito, Secretaría de Gobierno, Secretaría de Seguridad Pública y Vial, Industria y Comercio, a fin de coordinar acciones en la implementación de la ordenanza 2058/24, que regula la actividad de los kioscos 24 horas y también la de los consumidores.
“El propósito de esta regulación es crear herramientas que aseguren una convivencia armoniosa en la ciudad sin afectar negativamente la actividad comercial” puntualizaron desde el concejo municipal.

5 PUNTOS IMPORTANTES DE LA ORDENANZA 2058/24 LOCALES 24 Hs.

1-SON LOCALES 24 HS:
Los locales de Venta que, sin rebasar la línea de edificación municipal y sin acceso al público en su interior, atiende a este por ventana en horario prolongado.
2- PROHÍBE:
-Venta de bebidas alcohólicas a menores de dieciocho años.

  • Instalación de Parrillas y bancos en vereda.
    -Instalación de freezer y heladeras en veredas del negocio (solo con autorización)
    3- NO PERMANENCIA:
    Se prohíbe la permanencia de personas, con el fin de consumir productos comerciados en el local dentro de un radio de 50 (cincuenta) metros del negocio en cuestión.
    4-MÚSICA:
    En cuanto a sonido musical se establecerá decibeles permitidos en la normativa vigente de la siguiente manera:
    a) de domingo a jueves hasta las 23 horas.
    b) de viernes y sábado: hasta las 03:00 horas.

5- SANCIONES

Esta normativa prevé sanciones que van desde la clausura del local hasta el valor de 100 litros de Nafta Súper.